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miércoles, 16 de febrero de 2011

DERECHOS DEL APRENDIZ SENA

º Recibir en el momento de su matrícula, el carné estudiantil que lo acredite como Aprendiz del SENA.

º Recibir inducción al momento de ingresar al SENA.

º Acceso a diversas fuentes de conocimiento durante el proceso de formación

º Recibir formación profesional, acorde con el programa en el cual se matriculó, y al crecimiento y desarrollo armónico de sus dimensiones humanas.

º Hacer uso apropiado de los ambientes de aprendizaje

º Disfrutar de los programas institucionales de bienestar al Aprendiz

º Recibir orientación académica y comportamental que estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia social.

º Participar en el mejoramiento continuo de los Instructores

º Recibir la certificación que le corresponda, una vez adquiera las competencias establecidas en el programa de formación.

º Ser evaluado oportunamente en su proceso de formación con base en los criterios de evaluación y la ruta de aprendizaje.

º En caso de que el Aprendiz esté en desacuerdo con la evaluación de su formación emitida por el Instructor o tutor, podrá ejercer el derecho a revisión, siguiendo el procedimiento establecido en este Reglamento.

º Recibir estímulos, distinciones e incentivos por su espíritu investigativo, habilidades académicas y deportivas, actuaciones culturales y sociales y de servicio a la comunidad.

º Recibir trato digno y respetuoso por todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

º Ser escuchado y atendido en sus peticiones, siguiendo el debido proceso.

º Expresar con libertad ideas y pensamientos, respetando el derecho a la educación

º Usar la indumentaria y los elementos de protección personal propios del programa de formación profesional, para protegerse de los riesgos.

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